Aprobada la certificación de Eficiencia Energética de edificios de nueva construcción. El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto por el que se pone en marcha el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética, normativa de obligado cumplimiento para los edificios de nueva construcción o los que se rehabiliten y se proyecten a partir de ahora. Por el momento no afectará a los edificios existentes. La aprobación de este Real Decreto es una de las medidas de desarrollo del Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética para el sector edificación en España y es una transposición parcial de la Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética de los Edificios. Además, completa el nuevo marco normativo sobre eficiencia energética de la edificación iniciado, hace unos meses, con la aprobación del Código Técnico de la Edificación. Cuando los edificios sean proyectados, construidos, vendidos o alquilados, se deberá poner a disposición del comprador o inquilino, según corresponda, un certificado de eficiencia energética, que le permita comparar y evaluar la eficiencia energética del edificio. Casas de clase A, B,... Este certificado de eficiencia energética irá acompañado de una etiqueta energética, similar a las ya utilizadas en otros productos de consumo doméstico, como electrodomésticos, lámparas y vehÃculos. Esta etiqueta estará incluida en toda la publicidad utilizada en la venta o arrendamiento del edificio. A cada edificio le será asignada una clase energética, de acuerdo con una escala de siete letras y siete colores que van desde el edificio más eficiente clase A), al edificio menos eficiente (clase G). La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energÃa de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua calienta sanitaria e iluminación del edificio en unas condiciones de uso determinadas. AsÃ, por ejemplo, un edificio con una clase de eficiencia energética B significará que tiene una reducción de emisiones de CO2 como consecuencia de un menor consumo de energÃa de entre el 35% y el 60% de las que tendrÃa un edificio que cumpliera con los mÃnimos que fija el Código Técnico de la Edificación. Ese porcentaje de ahorro deberÃa ser superior al 60% si la clase de eficiencia energética deseada fuera la máxima, la A. La intención del Gobierno es que “mediante esta información objetiva sobre las caracterÃsticas energéticas del edificio se favorecerá una mayor transparencia del mercado inmobiliario y se fomentarán las inversiones en ahorro de energÃa, potenciando, asÃ, la demanda de la calidad energética entre los compradores de viviendasâ€. ¿Cómo se certificará un edificio? La responsabilidad de certificar energéticamente un edificio recae en primer lugar en el proyectista del edificio. Mediante un programa informático desarrollado al efecto y denominado CALENER o programas alternativos que hayan sido validados, se simulará el comportamiento energético del edificio durante todo el año, en unas condiciones de uso determinadas, considerando aquellos factores que más influyen en el consumo como las condiciones meteorológicas, la envolvente del edificio o su orientación, las caracterÃsticas de las instalaciones de calefacción, agua caliente sanitaria o iluminación entre otras. En función del resultado se le asignará una clase de eficiencia energética determinada. Una vez construido el edificio, se comprobará la conformidad de esta calificación energética obtenida en la fase de proyecto con la del edificio realmente ejecutado. Para ello las Comunidades Autónomas, establecerán el alcance y las caracterÃsticas de los controles externos que se deban realizar sobre el edificio para garantizar la veracidad de esta certificación energética. Por último el certificado de eficiencia energética del edificio construido se incorporará oficialmente al Libro del Edificio. El certificado tendrá una validez máxima de 10 años, siendo cada Comunidad Autónoma la que deberá establecer las condiciones especÃficas para proceder a su renovación o actualización. Más información: Instituto para la diversificación de Ahorro y EnergÃa Fuente: Energias Renovables, El Periodismo de las EnergÃas Limpias
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